Poder Ejecutivo presenta proyecto le autorizaría colocar deuda pública
El Poder Ejecutivo sometió al Congreso Nacional el proyecto de ley que le autorizaría, a través del Ministerio de Hacienda, a emitir y colocar valores de deuda pública por hasta un monto de 363,257.8 millones de pesos o su equivalente en moneda extranjera.
La iniciativa fue sometida el pasado 8 de diciembre por el presidente Luis Abinader al presidente del Senado, Eduardo Estrella.
Con la autorización por parte del Poder Legislativo, el gobierno busca completar el financiamiento requerido para sustentar el Presupuesto General del Estado de 2023, establecido en la Ley 366-22, el cual contempla esa cantidad de recursos económicos de deuda pública.
De acuerdo al párrafo, del artículo 3, el monto de emisión de valores de deuda pública autorizado en este artículo, podrá ser cubierto con otras fuentes financieras, de presentarse condiciones favorables para el Estado en la contratación de las mismas. La modalidad de colocación del monto de la emisión de los valores, de ser aprobada por esa ley, será determinada por el Ministerio de Hacienda.
Cuando la colocación de los valores se realice en el mercado local se podrá efectuar a través de subastas o mediante colocaciones directas.
En los casos de colocaciones directas éstas deberán ser aprobadas a través de una resolución motivada del Ministerio de Hacienda.
Añade, el párrafo, del artículo 7: “en caso de que previo al ejercicio presupuestario del año 2023 se presentaran condiciones de mercado favorables para el país, se podrá realizar una colocación del monto aprobado, parcial o total, como pre-financiamiento del Presupuesto General del Estado para el año 2023.
El proyecto de ley establece las características financieras y sus regímenes tributario y de registro para los valores de mercado local y los del mercado internacional.
Manejo de pasivos
También, el proyecto de ley, en el artículo 10, busca autorizar al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a realizar operaciones de manejo, administración y/o gestión de pasivos durante el año 2023, por hasta el 10 por ciento del balance de la deuda del Sector Público No Financiero.
Añade, ese artículo, que esas operaciones deben tener como objetivo reducir el monto del servicio de la deuda externa e interna o el riesgo a exposición cambiaria de dicho sector, mediante emisiones de títulos de deuda para canjear o recomprar pasivos de deuda del sector público no financiero. La pieza precisa que los valores de deuda a ser emitidos, en pesos dominicanos o en moneda extranjera, se harán al plazo más conveniente al perfil de vencimiento de la deuda del sector público no financiero.
El párrafo I, del artículo 10, establece que dichas operaciones deberán ser aprobadas por el Poder Ejecutivo, previa opinión favorable del Consejo de la Deuda Pública e informadas al Congreso Nacional, en los informes trimestrales sobre el Crédito Público elaborados por el Ministerio de Hacienda.La conversión, consolidación y la compra anticipada de valores, entre otras, se encuentran entre las operaciones de administración de pasivos que podrá realizar el Ministerio de Hacienda.
La Ley 366-22 que aprueba el Presupuesto General del Estado para el ejercicio presupuestario del año 2023, que contiene un total de erogaciones por un billón 479 mil 119.2 millones de pesos, autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda a disponer de la emisión de valores de deuda pública por ese monto.